Palladian
sports

El testamento más habitual entre matrimonios tiene una trampa para los hijos: pueden pagar dos veces al heredar

Cuando una pareja casada piensa en su testamento, suele buscar una cosa por encima de todo: que el cónyuge que se quede solo pueda seguir disfrutando de los bienes de la familia. Por eso, el conocido como testamento “del uno para el otro” es una opción tan extendida.

La idea parece sencilla, pero tiene una cara menos conocida. Los hijos pueden acabar tributando en dos momentos distintos, algo que puede encarecer la herencia dependiendo del patrimonio y de la comunidad autónoma.

El abogado especializado en herencias David Jiménez ha explicado esta situación en sus redes sociales y advierte de un detalle fiscal que muchas familias pasan por alto al planificar su sucesión.

¿Cómo funciona el testamento "del uno para el otro"?

Cuando fallece uno de los cónyuges, el viudo o la viuda conserva el usufructo de los bienes, mientras los hijos reciben la nuda propiedad.

Dicho de forma sencilla: el cónyuge superviviente puede seguir viviendo en la casa o disfrutando de determinados bienes, pero los hijos ya son propietarios de una parte de esos derechos.

Aquí aparece la cuestión fiscal. Los hijos tributan por la adquisición de la nuda propiedad tras el primer fallecimiento. Cuando muere el segundo progenitor, se produce la consolidación del pleno dominio, que también tiene consecuencias tributarias.

Los herederos pueden tributar en dos momentos diferentes

La clave está en que la herencia no se concentra en una única transmisión. Primero se adquiere la nuda propiedad y, más adelante, desaparece el usufructo y se consolida el pleno dominio.

¿Significa esto que siempre se pagará más? No necesariamente. La factura dependerá de factores como el valor de los bienes, la situación de los herederos y las reducciones o bonificaciones disponibles.

También hay que mirar el lugar de residencia. El Impuesto de Sucesiones está cedido a las comunidades autónomas, así que las diferencias fiscales entre territorios pueden ser considerables.

La alternativa que plantea el abogado

Ante este escenario, Jiménez plantea estudiar si realmente interesa establecer un usufructo o si, en determinadas familias, puede ser más conveniente dejar los bienes en pleno dominio.

La diferencia se entiende rápido: quien tiene el pleno dominio puede vender o disponer del bien, mientras que el usufructuario tiene unas facultades más limitadas.

Aun así, no existe un testamento perfecto para todas las familias. Lo que puede resultar interesante para un matrimonio con una vivienda y pocos bienes quizá no sea la mejor opción para otro con un patrimonio elevado.

Por eso, antes de firmar, conviene revisar qué se quiere proteger, quiénes serán los herederos y qué impacto fiscal tendrá cada alternativa. Una decisión tomada hoy puede marcar una diferencia importante cuando llegue el momento de repartir la herencia.

Fuente original: www.sport.es →